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Artículo 120 (DEL ART. UNICO) del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 122290 / 8455224.

Texto oficial

Artículo 120. La tramitación de la reclamación DFL. 1/97 deducida se llevará en la forma establecida en los Art. 127º artículos 29 y 34 del Código de Procedimiento Civil. El interesado podrá imponerse de la reclamación en cualquier estado de su tramitación.