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Artículo 7° de la Ley 21.813 · Sobre el uso de agua de mar para desalinización

Sobre el uso de agua de mar para desalinización

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1223983 / 10594318.

Texto oficial

Artículo 7°.- Limitaciones al otorgamiento. La compatibilidad entre estas concesiones y destinaciones de desalinización de agua de mar y las zonas terrestres o marinas bajo protección oficial, se determinará conforme a lo dispuesto en la ley Nº 21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.