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Artículo 17 de la Ley 21.813 · Sobre el uso de agua de mar para desalinización

Sobre el uso de agua de mar para desalinización

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1223983 / 10594329.

Texto oficial

Artículo 17.- Regla supletoria. Con todo, en lo no regulado precedentemente, serán aplicables las disposiciones sobre servidumbres contempladas en el Título VII del Libro Primero del Código de Aguas.