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Artículo 30 de la Ley 21.813 · Sobre el uso de agua de mar para desalinización

Sobre el uso de agua de mar para desalinización

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1223983 / 10594345.

Texto oficial

Artículo 30.- Infracciones. Las infracciones a las obligaciones contenidas en esta ley y su reglamento se califican, atendida su entidad, en gravísimas, graves y leves.