Texto oficial
Artículo 17: El Servicio Nacional de Aduanas con la aprobación del Subsecretario de Hacienda, determinará las bases de licitación y arbitrará las medidas tendientes a asegurar la imparcialidad, privacidad y transparencia de dicho proceso.
Las bases de licitación fijarán las condiciones necesarias para el otorgamiento de la concesión, sin perjuicio de las disposiciones contempladas en el presente reglamento.