Saltar al contenido

Artículo decimotercero transitorio de la Ley 21.819

Modifica la ley n° 21.040 y otros cuerpos legales, fortaleciendo la gestión educativa y mejorando las normas sobre administración e instalación del sistema de educación pública

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1224471 / 10596162.

Texto oficial

Artículo decimotercero.- El Ministerio de Educación, transcurrido el plazo de cuatro meses, contado desde la publicación de la presente ley, realizará un estudio para analizar las condiciones laborales del personal que haya sido traspasado a los Servicios Locales, conforme al artículo trigésimo noveno transitorio de la ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública. El estudio señalado en el inciso anterior contemplará la participación de los funcionarios traspasados en virtud del artículo trigésimo noveno transitorio indicado.