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Artículo tercero transitorio de la Ley 21.822

Ley integral de las personas mayores y de promoción del envejecimiento digno, activo y saludable

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1224632 / 10596991.

Texto oficial

Artículo tercero.- El Comité Interministerial de Desarrollo Social y Familia deberá sesionar para conocer de las materias establecidas en el artículo 1°, relacionadas con personas mayores, dentro de los treinta días desde la entrada en vigencia de esta ley, de acuerdo al artículo primero transitorio.