Texto oficial
Artículo 4º: En concordancia con la Memoria
Explicativa indicada en el artículo anterior, se
elaborarán las respectivas bases de licitación las que
deberán ser aprobadas por el directorio de cada empresa.
Las bases contendrán los siguientes elementos:
a) Las condiciones, modalidades y etapas del proceso de
licitación, para la presentación de las propuestas;
b) Los procedimientos para efectuar consultas y
aclaraciones sobre las bases de licitación;
c) Los factores específicos de evaluación de las
propuestas y los procedimientos de adjudicación;
d) El plazo para la calificación de las propuestas;
e) Los elementos de la esencia del pacto social, del
contrato o de la respectiva concesión portuaria, según
corresponda, y las obligaciones y derechos de las partes;
f) El régimen de garantías, su naturaleza y cuantía,
los plazos en que deben constituirse y aquellos para su
devolución, y la forma y oportunidad en que se hacen
efectivas;
g) El régimen económico del contrato;
h) Las condiciones en que puede afectarse o limitarse el
ejercicio de los derechos del arrendatario, concesionario o
de la sociedad en su caso, incluidas, entre otras, las
situaciones que den origen a consultas al Tribunal de
Defensa de la Libre Competencia, de conformidad a la ley
Nº19.542;
i) Las normas que regulen la participación del acreedor
de una prenda especial de concesión portuaria, cuando
corresponda;
j) Si el contrato incorpora un bien material deberá
señalarse la ubicación del mismo, mediante plano
georreferenciado, con dimensiones (frente y fondo en
metros), superficie (en metros cuadrados), deslindes y
naturaleza del bien;
k) Los seguros, sus coberturas, montos y plazos; l) Los
procedimientos de control del cumplimiento del contrato;
m) El régimen de sanciones aplicables a los
incumplimientos del contrato y multas aplicables;
n) Los mecanismos de resolución de controversias, con las
condiciones establecidas en el artículo 31, inciso 3º,
numeral 6, de la ley Nº 19.542;
o) Las causales de suspensión de los efectos del contrato
de arrendamiento o concesión, y
p) La forma en que se administrará la concesión en el
evento en que se incurra en alguna de las causales de
caducidad que se establezcan;
q) El plazo del contrato, de acuerdo a lo establecido en
el artículo 12 de este Reglamento.
En todo caso la empresa podrá incorporar cualquier otra
disposición que considere necesaria en las bases de
licitación, siempre que no contravenga los contenidos
mínimos antes señalados y los establecidos en la ley
Nº19.542.