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Artículo 13 del Decreto 104

Establece normas y procedimientos que regulan los procesos de licitacion a que se refiere el articulo 7º de la ley nº19.542

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 122591 / 6123936.

Texto oficial

Artículo 13: Las bases de licitación establecerán las siguientes garantías: a) Garantía de Seriedad de la Oferta, la que será equivalente, al menos, al costo de desarrollo del proceso de licitación, y b) Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. Las bases de licitación podrán contemplar que la garantía de fiel cumplimiento del contrato se divida en varias cauciones que aseguren, en su caso, cada una de las obligaciones del arrendatario, concesionario o de la sociedad.