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Artículo 2º de Auto Acordado S/N

Auto acordado de la corte de apelaciones de santiago sobre integración de salas por inhabilidad de sus miembros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1227048 / 10606118.

Texto oficial

Artículo 2º.- Criterios generales. Los criterios generales para la determinación de los miembros de la Corte de Apelaciones llamados a completar una sala en la que uno de sus integrantes se encuentre afecto a inhabilidad serán, en primer lugar, la correlación numérica de la sala en relación con aquella de que forma parte miembro que se halla inhabilitado; en segundo, la calidad del miembro inhabilitado y, en tercero, su antigüedad en la segunda categoría, si correspondiere.