Texto oficial
Artículo 4º: Los exportadores de bienes y servicios y
las empresas que se acojan a este reglamento, deberán en
todo caso dar cumplimiento a las demás disposiciones del
Decreto ley Nº 825, de 1974.
Aprueba texto del decreto nº348, de 1975.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 123235 / 8945545.