Texto oficial
Artículo 5º.- Las normas establecidas en el presente
Reglamento deben ser aplicadas imparcialmente no pudiendo
existir diferencias de trato fundadas en el nacimiento,
raza, opinión política, creencia religiosa, condición
social o cualesquiera otras circunstancias.
La Administración Penitenciaria procurará la
realización efectiva de los derechos humanos compatibles
con la condición del interno.