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Artículo 242 del Decreto 327

Fija reglamento de la ley general de servicios electricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 124102 / 8717518.

Texto oficial

Artículo 242.- La frecuencia nominal del voltaje, en sistemas eléctricos en que exista servicio público de distribución, será de 50 ciclos por segundo, en adelante Hz. En condiciones normales de operación, el valor promedio de la frecuencia fundamental, medida en intervalos de tiempo de 10 segundos durante todo período de siete días corridos, deberá encontrarse en el rango siguiente: a) Sistemas con capacidad instalada en generación superior a 100 MW, en los cuales el aporte de energía de centrales hidroeléctricas durante dicha semana supere el 60% del consumo total: - sobre 49,8 Hz y bajo 50,2 Hz durante al menos el 99% del período; - entre 49,3 Hz y 49,8 Hz durante no más de un 0,5% del período; - entre 50,2 y 50,7 Hz durante no más de un 0,5% del período. b) Sistemas con capacidad instalada en generación superior a 100 MW, en los cuales el aporte de energía de centrales hidroeléctricas durante dicha semana no supere el 60% del consumo total: - sobre 49,8 Hz y bajo 50,2 Hz durante al menos el 97% del período; - entre 49,3 Hz y 49,8 Hz durante a lo más un 1,5% del período; - entre 50,2 y 50,7 Hz durante a lo más un 1,5% del período. c) Sistemas con capacidad instalada en generación entre 1,5 MW y 100 MW, en los cuales el aporte de energía de centrales hidroeléctricas durante dicha semana supere el 60% del consumo total: - sobre 49,8 Hz y bajo 50,2 Hz durante al menos el 98% del período; - entre 49,3 Hz y 49,8 Hz durante a lo más un 1,5% del período; - entre 50,2 y 50,7 Hz durante a lo más un 1,5% del período; - sobre 49,0 Hz y bajo 49,3 Hz durante a lo más el 0,5% del período; - sobre 50,7 Hz y bajo 51,0 Hz durante a lo más el 0,5% del período. d) Sistemas con capacidad instalada en generación entre 1,5 MW y 100 MW, en los cuales el aporte de energía de centrales hidroeléctricas durante dicha semana no supere el 60% del consumo total: - sobre 49,8 Hz y bajo 50,2 Hz durante al menos el 96% del período; - entre 49,3 Hz y 49,8 Hz durante a lo más un 3,0% del período; - entre 50,2 y 50,7 Hz durante a lo más un 3,0% del período; - sobre 49,0 Hz y bajo 49,3 Hz durante a lo más el 1,0% del período; - sobre 50,7 Hz y bajo 51,0 Hz durante a lo más el 1,0% del período. e) Sistemas con capacidad instalada en generación menor que 1,5 MW: - sobre 49,8 Hz y bajo 50,2 Hz durante al menos el 94% del período; - entre 49,3 Hz y 49,8 Hz durante a lo más un 4,0% del período; - entre 50,2 y 50,7 Hz durante a lo más un 4,0% del período; - sobre 49,0 Hz y bajo 49,3 Hz durante a lo más el 2,0% del período; - sobre 50,7 Hz y bajo 51,0 Hz durante a lo más el 2,0% del período.