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Artículo 10 del Decreto 92

Aprueba reglamento para constitución y funcionamiento comites paritarios de higiene y seguridad en actividad laboral maritima

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 125343 / 7240246.

Texto oficial

Artículo 10º.- Para ser elegido miembro representante de los trabajadores se requiere: a) Tener más de 18 años de edad; b) Saber leer y escribir; c) Encontrarse trabajando en la actividad marítima en posesión de la respectiva matrícula, con una antigüedad mínima de tres años; d) Acreditar haber asistido a un curso de prevención de riesgos profesionales dictado por el Servicio Nacional de Salud u otros organismos administradores del seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.