Texto oficial
Artículo 23º.- El Departamento de Prevención de
Riesgos Profesionales y, los Comités Paritarios de Higiene
y Seguridad actuarán en forma coordinada.
La Cámara Marítima deberá proporcionar a los
Comités Paritarios las informaciones que requieran,
relacionadas con las funciones que les corresponde
desempeñar.