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Artículo 4 del Decreto 348

Reglamenta articulo 27 del decreto ley n° 3.476 de 1980, sobre educacion fundamental de capacitacion tecnico-profesional o de enseñanza practica de cualquier rama de la educacion agregado por ley n° 18.681, de 1987

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12547 / 7144991.

Texto oficial

Artículo 4°.- La Educación Fundamental de Capacitación Técnico-Profesional estará dirigida a atender los sectores de la población que reúnan las siguientes condiciones; - Personas sin escolaridad básica o con escolaridad inferior a primer nivel de Educación General Básica de Adultos, de 15 años de edad o más. - Carentes de conocimientos técnicos básicos que les permitan conocer o mejorar sus rudimentarias técnicas productivas y elevar el nivel de vida familiar y social.