Texto oficial
Artículo 8°.- Los contenidos programáticos del plan
de estudio serán los siguientes:
Area Común Formación General: deberá incluir
contenidos elementales de formación ética, familiar,
social, de Historia y Geografía de Chile y lengua materna.
Formación Matemática: Deberá considerar especialmente
las cuatro operaciones básicas de aritmética.
El desarrollo de los contenidos del Area Común deberá
estar en función de la realidad local y orientado al oficio
elemental contemplado.
Area Técnica Nociones elementales de contenidos
técnicos que deberán estar orientadas a atender las
necesidades básicas de un grupo familiar del lugar donde se
desarrolle el curso.
Area Complementaria Esta Area propenderá al desarrollo
físico, artístico y participativo del alumno y facilitará
la integración de los participantes en organizaciones
deportivas, artísticas y recreativas de la localidad.
En el caso de los Establecimientos Educacionales que
funcionan en recintos penales, los programas de estudio
corresponderán a los aprobados especialmente para este tipo
de establecimientos.