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Artículo 46 (DEL ART. FINAL) de la Ley 9.909 · Fija los textos definitivos del código de aguas

Fija los textos definitivos del código de aguas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 125984 / 7240830.

Texto oficial

Artículo 46. Estas mercedes llevan envueltas la condición de restituir el agua en la forma que determine el decreto de concesión, una vez realizado el uso para el cual se conceden.