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Artículo 119 (DEL ART. FINAL) de la Ley 9.909 · Fija los textos definitivos del código de aguas

Fija los textos definitivos del código de aguas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 125984 / 7240915.

Texto oficial

Artículo 119. Los acuerdos de las Juntas se tomarán por mayoría absoluta de acciones representadas en ella, salvo que este Código o los estatutos establezcan otra mayoría.