Saltar al contenido

Artículo 294 (DEL ART. FINAL) de la Ley 9.909 · Fija los textos definitivos del código de aguas

Fija los textos definitivos del código de aguas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 125984 / 7241110.

Texto oficial

Artículo 294. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, los juicios ejecutivos y los relativos a acciones posesorias sobre aguas, se regirán por las disposiciones del Código de Procedimiento Civil.