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Artículo 20 del Decreto 355

Aprueba el reglamento orgánico de los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12617 / 7145305.

Texto oficial

ARTICULO 20° El Consejo Asesor será presidido y convocado por el Director, y lo integrarán por derecho propio los jefes de las Unidades citadas anteriormente, pudiendo el Director citar a otros funcionarios o invitar a las personas que estime conveniente, en razón de las materias a tratar.