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Artículo 60 del Decreto 355

Aprueba el reglamento orgánico de los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12617 / 7145353.

Texto oficial

ARTICULO 60° No tendrá aplicación la franquicia tributaria indicada en el artículo anterior cuando el SERVIU actúe por mandato de terceros. En tal caso, los actos y contratos que realice el SERVIU por cuenta de sus mandantes deberán enterar el total de los gravámenes que los afecten, a menos que opere una exención real o personal, total o parcial de los mismos.