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Artículo 70 del Decreto 355

Aprueba el reglamento orgánico de los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12617 / 7145379.

Texto oficial

ARTICULO 70° No será aplicable lo establecido en los artículos 1749° y 1754° del Código Civil para que el marido pueda constituir hipoteca sobre la vivienda, local o sitio que éste adquiera o hipoteque o grave de o en favor del SERVIU.