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Artículo 6 del Decreto 355

Aprueba reglamento del hospital de la direccion de prevision de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12619 / 9093018.

Texto oficial

Artículo 6°.- Bajo la dependencia inmediata del Director del Hospital estarán la Subdirección Médica, la Subdirección Administrativa, la Sección de Admisión, la Sección de Recursos Humanos, la Sección de Informática y la Oficina de Partes. Además, para el cabal cumplimiento de sus funciones, el Director contará con las siguientes asesorías: - Comité Técnico-Administrativo; - Auditoría Médica; - Asesoría Jurídica; - Comité de Abastecimiento; - Comité de Farmacia; - Relaciones Públicas, y - Servicio Religioso.