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Artículo 28 del Decreto 355

Aprueba reglamento del hospital de la direccion de prevision de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12619 / 9093040.

Texto oficial

Artículo 28°.- La Asesoría Jurídica será desempeñada por profesionales con el título de abogado, y tendrá como objetivo asesorar al Director y Jefaturas del Hospital en la aplicación de las normas legales y reglamentarias y de otras disposiciones que rijan al establecimiento, a través de los informes que se le soliciten.