Texto oficial
Artículo 30°.- El comité de Abastecimiento estará
formado por el Subdirector Médico, el Subdirector
Administrativo y el Jefe de la Sección de Abastecimiento,
quien actuará como secretario. Además, se integrará con
los profesionales que, de acuerdo con la naturaleza
específica del bien a adquirir, determine el Subdirector
Médico o el Subdirector Administrativo, según sea el caso.
Su objeto será analizar y proponer las adquisiciones de
bienes muebles de uso y de consumo indispensables para el
buen desempeño de las funciones del Hospital, basándose en
el presupuesto del mismo.
Este Comité se reunirá por lo menos una vez al mes y
levantará acta de lo acordado, la que se aprobará en la
sección siguiente.