Texto oficial
Artículo 36°.- El Director de Previsión fijará
anualmente, por resolución, las dotaciones máximas del
personal a que se refieren las letras b) y c) del artículo
anterior, para lo cual el Director del Hospital le
informará, en el mes de noviembre de cada año, sobre las
necesidades de personal según los programas de trabajo
diseñados para el año siguiente.
Las contrataciones a base de honorarios no se
considerarán incluidas dentro de las dotaciones máximas
anuales.