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Artículo 10 del Decreto 355

Reglamento sobre areas de manejo y explotacion de recursos bentonicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12627 / 8799457.

Texto oficial

Artículo 10°.- El Servicio verificará el cumplimiento de cada uno de los antecedentes exigidos en el artículo anterior, dentro de un plazo de 15 días hábiles y remitirá los mismos a la Subsecretaría o los devolverá a la organización u organizaciones con las observaciones que corresponda.