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Artículo 38 del Decreto 356

Reglamento del servicio nacional de menores

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 12630 · idParte: 9028795

Texto oficial

ARTICULO 38° Toda resolución que contenga la designación de administrador provisional se comunicará al Ministerio de Justicia, al Tribunal que autorizó la administración provisional y al representante de la institución y deberá ser publicada en el Diario Oficial.