Texto oficial
ARTICULO 67° Las urnas y ataúdes destinados al
transporte y sepultación de cadáveres o de restos humanos,
deberán ser impermeables y permitir ser cerrados
herméticamente.
Reglamento general de cementerios
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12643 / 7145508.