Saltar al contenido

Artículo 116 del Decreto 20

Fija el texto refundido, actualizado y sistematizado del decreto con fuerza de ley numero 326, de 1960, sobre cooperativas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 127072 / 9002193.

Texto oficial

Artículo 116.- En las operaciones de distribución que realicen con sus socios las cooperativas de consumo pagarán el 50 por ciento del impuesto establecido en la ley N.o 12.120. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 7.o, se entiende por familia el grupo de personas que viven con el socio y a sus expensas.