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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 2, de de 1996, sobre subvencion del estado a establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 127911 / 8602442.

Texto oficial

Artículo 8º. Las solicitudes de los establecimientos Art. 17 DL Nº 3.476 educacionales de enseñanza básica y media y prebásica del Art. 7º DFL 2/89 Nivel de Transición, para obtener el beneficio de la Art. 1º Número subvención, serán resueltas por el Ministerio de 42º Educación en un plazo máximo de 90 días contados desde la de la Ley 19.138 fecha de su ingreso. Art. 8 DFL Nº 5/92 Art. 8 DFL Nº 2/96 Tratándose de un establecimiento educacional que por primera vez solicite el beneficio de la subvención, el Ministerio de Educación aprobará, por resolución fundada dentro del plazo señalado en el inciso anterior, la solicitud sólo en caso de que exista una demanda insatisfecha por matrícula que no pueda ser cubierta por medio de otros establecimientos educacionales que reciban subvención o aporte estatal, o que no exista un proyecto educativo similar en el territorio en el que lo pretende desarrollar. Dichos establecimientos deberán tener el carácter de gratuitos. Se entenderá aceptada una solicitud cuando ésta fuere aprobada por el Ministerio de Educación y ratificada dicha decisión por la mayoría absoluta de los miembros en ejercicio del Consejo Nacional de Educación. Un reglamento del Ministerio de Educación, que deberá llevar la firma del Ministro de Hacienda, determinará el ámbito territorial a que hace referencia el inciso segundo y establecerá los procedimientos y requisitos para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo. La falta de pronunciamiento en el plazo señalado en el inciso primero del presente artículo, siempre que se reúnan los requisitos legales y reglamentarios, significará que se concede el derecho a percibir subvención.