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Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 2, de de 1996, sobre subvencion del estado a establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 127911 / 8602445.

Texto oficial

Artículo 10. El valor de la unidad de subvención Art. 41 letra c) educacional es de $9.785,477. Este valor se reajustará en de la Ley 18.681 cada oportunidad en que se otorgue un reajuste general de Art. 10º, 11º y remuneraciones al sector público y en idéntico porcentaje. 12º de la Ley 18.766 Art. 4 bis DL 3.476 Art. 9 DFL 2/89 Art. 4 Ley 19.025 Art. 12 Ley 19.104 Art. 1º Número 6 de la Ley 19.138 Art. 10 DFL 5/92 Art. 10 DFL 2/96 Leyes: 19.185, 19.267 19.355, 19.429, 19.485 y 19.533