Texto oficial
Artículo 11. El valor unitario por alumno fijado de
acuerdo con los artículos 9º, 25 y 35, se incrementará en
el porcentaje de asignación de zona establecido para el
sector fiscal, según sea la localidad en que esté ubicado Art. 1º Número 7
el establecimiento. de la Ley 19.138
Art. 11 DFL 5/92
Art. 11 DFL 2/96