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Artículo 57 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 2, de de 1996, sobre subvencion del estado a establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 127911 / 8602536.

Texto oficial

Artículo 57. El Subsecretario de Educación podrá otorgar en forma nominativa y expresa a funcionarios pertenecientes a dicho Ministerio, el carácter de Ministros Artíc. 27 Letra g) de Fe para los efectos de esta ley, su reglamento y Ley Número 18.591 disposiciones complementarias, en todo aquello que diga Art. 8º Inciso 2º relación con normas sobre subvenciones a establecimientos Decreto Ley 3.476 educacionales. Art. 49 DFL 2/89 Art. 42 DFL 5/92 Art. 45 DFL 2/96