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Artículo 59 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 2, de de 1996, sobre subvencion del estado a establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 127911 / 8602538.

Texto oficial

Artículo 59. Traspásanse al dominio del Fisco, a título gratuito por el solo ministerio de la ley, todos los terrenos, derechos y edificaciones pertenecientes a Art. 51 DFL 2/89 instituciones descentralizadas del Estado que actualmente Art. 44 DFL 5/92 estén destinadas al funcionamiento de establecimientos Art. 47 DFL 2/96 educacionales, hogares estudiantiles, colonias escolares y establecimientos de protección de menores. Facúltase a las empresas creadas por ley, que se rijan por las normas del sector público, para transferir al Fisco o a las municipalidades, a título gratuito, terrenos y edificios de su propiedad que estén actualmente destinados al cumplimiento de alguna de las finalidades señaladas en el inciso anterior.