Saltar al contenido

Artículo 62 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 2, de de 1996, sobre subvencion del estado a establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 127911 / 8602541.

Texto oficial

Artículo 62. Derógase el decreto ley Nº 2.438, de 1978, a contar del 1º de noviembre de 1980. Derógase, asimismo, el artículo 73 del decreto ley Nº 2.327, de 1978, y, en general, todas las normas legales y Art. 23 DL Nº 3476 reglamentarias incompatibles con las disposiciones de la Art. 54 DFL 2/89 presente ley. Art. 47 DFL 5/92 Art. 50 DFL 2/96