Texto oficial
Artículo 43.- Los dueños de los cotos tendrán las
responsabilidades a que se refieren los artículos 11 y 21
de la ley.
Aprueba reglamento de la ley de caza
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 128106 / 8782478.