Texto oficial
Artículo 76.- Los miembros de las asociaciones de
criadores de especies de fauna silvestre, de los clubes de
pesca y caza, sociedades protectoras de animales y de
instituciones medioambientales que lo soliciten, podrán
preferentemente ser nombrados inspectores de caza ad-honorem
por el Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero.