Texto oficial
Artículo 77.- Para ser designado inspector de caza ad
honorem deberá acreditarse el cumplimiento de los
siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad.
b) Tener salud compatible con las funciones que deberá
desarrollar.
c) Poseer idoneidad moral.
d) Poseer conocimientos especializados o experiencia en
materias de caza deportiva.
Los inspectores ad honorem durarán en sus funciones un
período de dos años, a contar desde la fecha de la
resolución de nombramiento. No obstante, su designación
podrá ser prorrogada por períodos iguales de dos años,
por el Servicio.