Texto oficial
ARTICULO 3°.- El Consejo Superior de FAMAE estará
integrado por los siguentes miembros:
1° El Comandante del Comando de Industria Militar e
Ingeniería, que lo presidirá.
2° El Subsecretario de Guerra, en representación del
Consejo Superior de Defensa Nacional.
3° El Director de cada una de las Reparticiones que a
continuación se indican o un representante de las mismas
designado anualmente por el Comandante en Jefe
del Ejército:
- Dirección de Operaciones del Ejército.
- Dirección de Logística del Ejército.
- Dirección de Racionalización y Desarrollo del
Ejército.
4° El Jefe de Material de Guerra del Ejército.
5° El Director de las Fábricas y Maestranzas del
Ejército.
El Comandante en Jefe del Ejército podrá asistir a las
sesiones del Consejo Superior, con derecho a voz y voto, en
cuyo caso ejercerá la presidencia.