Texto oficial
Artículo 12.- Los montos de la subvención especial
adicional establecidos en el artículo 13 de la ley Nº
19.410, vigentes al mes de noviembre de 1998, serán
expresados en Unidades de Subvención Educacional (U.S.E.),
en igual mes, mediante decreto conjunto de los Ministerios
de Educación y Hacienda.