Texto oficial
ARTICULO 10° Depende de la Oficina de Planificación y
Presupuesto el Departamento de Presupuesto, que tendrá
especialmente las siguientes funciones:
a) Preparar el proyecto de Presupuesto anual del
Ministerio, estudiando y compatibilizando el financiamiento
de los diversos programas o proyectos específicos que sean
propuestos por las divisiones u organismos del nivel central
o por las unidades operativas regionales;
b) Estudiar y proponer la asignación de los recursos
financieros a las distintas unidades ministeriales y
confeccionar los documentos ejecutivos correspondientes de
acuerdo a las instrucciones que se le impartan;
c) Consolidar y analizar la información financiera a
nivel institucional y confeccionar los informes que deben
remitirse a los organismos pertinentes;
d) Efectuar los análisis de los estados financieros y
presupuestarios e informar a las autoridades superiores del
Ministerio;
e) Preparar las instrucciones para la correcta
ejecución presupuestaria, utilización de los recursos e
imputación de los mismos, y
f) Realizar las demás labores que se le encomienden.