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Artículo 34 del Decreto 386

Reglamento orgánico del ministerio de bienes nacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12927 / 8262031.

Texto oficial

ARTICULO 34° El Abogado Jefe del Departamento Jurídico tiene a su cargo la dirección, coordinación y control de esta unidad y su rango no podrá ser inferior al de Jefe de División, correspondiéndole además: a) Mantener informadas a las autoridades del Ministerio acerca de las disposiciones legales y reglamentarias que les corresponda aplicar y emitir su parecer respecto de aquellos proyectos que sean sometidos a la consideración de esta Secretaría de Estado; b) Asesorar en materias de su competencia a los directivos ministeriales cuando éstos lo requieran; c) Proponer los proyectos de textos legales y reglamentarios que le encomienden el Ministro y Subsecretario; d) Pronunciarse en derecho respecto de aquellas materias que sean sometidas a la consideración de esta Secretaría de Estado; e) Revisar las investigaciones sumarias y los sumarios administrativos instruidos en el Ministerio cuando así se le solicite, a fin de informar sobre las observaciones jurídicas que le mereciere el procedimiento; y f) Realizar las demá