Texto oficial
ARTICULO 39° Corresponde al Subdepartamento de
Abastecimiento y Remuneraciones:
a) Estudiar y proponer el presupuesto para gastos
ordinarios de la unidad central y para el abastecimiento y
mantención de las Secretarías Regionales Ministeriales;
b) Realizar los trámites para adquisición,
cancelación y distribución de los suministros respectivos;
c) Proponer la asignación de fondos para la mantención
de edificios y mobiliario asignado a las unidades regionales
y confeccionar los documentos para el envío de las remesas
correspondientes;
d) Efectuar el pago de remuneraciones y demás
estipendios del personal del Ministerio con residencia en
Santiago;
e) Confeccionar los informes sobre ejecución
presupuestaria y movimiento de fondos de la unidad central y
su registro contable;
f) Confeccionar y mantener al día el inventario
valorizado de los bienes asignados a las unidades centrales
del Ministerio y ejercer la supervisión respecto de los que
estén a cargo de las unidades regionales;
g) Impartir instrucciones para la correcta ejecución e
imputación de las planillas de remuneraciones y sobre la
forma de mantener el inventario en las unidades regionales;
y
h) Realizar todas aquellas tareas que, en materias de su
competencia, se le encomienden.