Saltar al contenido

Artículo 40 del Decreto 386

Reglamento orgánico del ministerio de bienes nacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12927 / 8262039.

Texto oficial

ARTICULO 40° Las Secretarías Regionales Ministeriales están a cargo de un Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales, quien es el representante del Ministerio en la Región.