Texto oficial
ARTICULO 2° Mientras se dicta el Reglamento de
Calificaciones del Personal de esta Secretaría de Estado
dicho procedimiento se regirá por las normas del decreto
1.402, de 1962, del Ministerio de Tierras y Colonización,
sin perjuicio de lo dispuesto en el decreto con fuerza de
ley 338, de 1960, Estatuto Administrativo.