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Artículo 2 transitorio del Decreto 386

Reglamento orgánico del ministerio de bienes nacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12927 / 8262047.

Texto oficial

ARTICULO 2° Mientras se dicta el Reglamento de Calificaciones del Personal de esta Secretaría de Estado dicho procedimiento se regirá por las normas del decreto 1.402, de 1962, del Ministerio de Tierras y Colonización, sin perjuicio de lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley 338, de 1960, Estatuto Administrativo.