Saltar al contenido

Artículo 14 F del Decreto 400

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 17.798, sobre control de armas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13031 / 10304877.

Texto oficial

Artículo 14 F.- Serán solidariamente responsables de los efectos civiles de aquellos ilícitos en que se hubieren utilizado sus armas de fuego, quienes las hubieren abandonado, no hubieren comunicado o denunciado oportunamente su extravío, robo o hurto, y quienes no hubieren realizado las declaraciones a las que hace referencia el inciso tercero del artículo 5. En el caso de las personas jurídicas, la responsabilidad solidaria se extenderá tanto a aquella como a su representante legal.