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Artículo 14 B del Decreto 400

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 17.798, sobre control de armas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13031 / 8057155.

Texto oficial

Artículo 14 B.- Constituye circunstancia agravante de LEY 18592 los delitos de que trata esta ley dotar las armas o ART UNICO municiones, que se posean o tengan, de dispositivos, N° 13 implementos o características que tengan por finalidad hacerlas más eficaces, ocasionar más daño o facilitar la impunidad del causante. Si los implementos a que se refiere el inciso anterior fueren de aquellos señalados en las letras h), i) y j) del artículo 3, no se impondrá al delito el grado mínimo o el mínimum de la pena que correspondería sin esa circunstancia.