Texto oficial
ARTICULO 31° Si la receta no mereciera objeciones, el
Director Técnico anotará, en el espacio destinado a su uso
exclusivo, los datos que indica el formulario. Todas las
recetas despachadas deberán inutilizarse y permanecer
archivadas correlativamente en el establecimiento, a lo
menos, durante el año siguiente a su despacho. A
requerimiento del interesado, el Director Técnico del
establecimiento deberá proporcionarle copia de la
prescripción consignada en la receta despachada, expresando
esta circunstancia al pie del documento, bajo su firma.